Hacienda te sigue los pasos

Por Nubbitel

julio 11, 2022

La verdad es que el titular de la noticia que te comentamos hoy no parece que vaya a sorprender demasiado a nadie. Tampoco es especialmente metafórico, es más bien literal. Y es que tras la implantación de la conocida como tasa Google, las plataformas digitales están obligadas a rastrear la ubicación de sus clientes, localizar desde dónde están realizando sus compras y después enviar a Hacienda los registros de las transacciones nacionales para liquidar el impuesto. Por lo tanto, la Agencia Tributaria ha dado un paso más en su afán de combatir el fraude fiscal y la vigilancia y geolocalización de los dispositivos móviles está llamada a ser una herramienta importante en este empeño.

Lo cierto es que movimientos de este tipo inmediatamente nos sugieren si estamos ante una vigilancia legal. Pues como te decíamos, es la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, más conocido como Tasa Google, el paraguas legal que ampara a Hacienda para esta geolocalización.

 

La ley de la conocida como Tasa Google habilita legalmente nuestra geolocalización por parte de las plataformas.

Lo curioso de este asunto es que, aunque estamos hablando de un impuesto que grava a las grandes empresas, concretamente el 3% de los ingresos desde nuestro país a todas las multinacionales con más de 750 millones de facturación mundial o 3 millones en España, en realidad los espiados somos nosotros. A priori, sólo somos parte de una contabilidad en la que estamos inmersos, pero no ha de repercutir en manera alguna sobre nosotros. Aunque tampoco hay que ser especialmente suspicaces para darnos cuenta de que, a pesar de que la cosa, aparentemente, no vaya con nosotros, ahí estamos, perfectamente registrados y ubicados.

La forma de geolocalización se especifica en el real decreto 400/2021, de 8 de junio. Concretamente, en el apartado 4 del artículo 7 se señala:

“Que se presumirá que un determinado dispositivo de un usuario se encuentra en el lugar que se determine conforme a la dirección IP del mismo, salvo que pueda concluirse que dicho lugar es otro diferente mediante la utilización de otros medios de prueba admisibles en derecho, en particular, la utilización de otros instrumentos de geolocalización”.

El real decreto recoge que se puede utilizar la geolocalización basada en identificación de redes, por satélite, a través de sistemas de comunicaciones inalámbricas terrestres, o por cualquier combinación de tecnologías ya existentes o de futuro desarrollo. En plata, como se pueda con los medios que haya. Así, las plataformas geolocalizarán el dispositivo de sus clientes y determinarán el lugar desde el cual se ha efectuado la compra, enviarán esta información a la Agencia Tributaria y hacienda comprobará que dichas plataformas están tributando la parte que les corresponde en nuestro país.

No parece que el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales haya cumplido con las expectativas depositadas en él.

Lo cierto es que, a pesar de las expectativas que había depositadas en las posibilidades recaudatorias de la Tasa Google, las cifras hasta la fecha no alcanzan las previsiones del gobierno, que habían estimado un alcance de algo menos de 1000 millones de euros. Por el momento, la Agencia Tributaria sólo ha recaudado 240 millones, muy lejos de las mencionadas expectativas. Desde Hacienda, explican que la estimación de los ingresos se basaba en la realizada por la Comisión Europea que consideran sobreestimaba el potencial del impuesto, además de haber sido realizadas antes de la pandemia. Además, valoran que la implementación adecuada de una norma tan novedosa, tratándose de su primer año de funcionamiento, entraña una innegable dificultad.

Lo que está claro es que, a medida que las posibilidades tecnológicas avanzan, se avanza, de igual manera, hacia los límites de la intimidad personal. Parece poco efectivo que desde las diferentes asociaciones de consumidores o empresariales se denuncie estas formas de control a la ciudadanía que, día a día, son más frecuentes. Y una cosa más, de la que estamos convencidos que seguiremos hablando: están todos los consentimientos que aceptamos al entrar en las diferentes plataformas en los que, sin ni siquiera leer, permitimos ser espiados legalmente. Porque, cuando navegas por la red, ¿lees detenidamente todo lo que aceptas?

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